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Un contratista de acabados en Querétaro contrata a dos ayudantes para una obra de tres meses. Les paga en efectivo, sin darlos de alta en el IMSS, y al tercer mes uno de ellos se cae de un andamio. La atención médica, la incapacidad y la demanda laboral corren por cuenta del contratista. Las IMSS obligaciones patronales no arrancan cuando el negocio se vuelve grande: arrancan el día que contratás a tu primer trabajador. Y en el sector construcción, donde el riesgo físico es alto, la omisión sale carísima.
La Ley del Seguro Social establece que todo patrón que tenga trabajadores a su servicio está obligado a inscribirlos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y a pagar las cuotas obrero-patronales correspondientes. Esta obligación aplica desde el primer empleado, sin importar si el contrato es temporal, por obra determinada o de tiempo completo. El alta debe hacerse antes de que el trabajador inicie sus labores, no después. Para los contratistas que operan en el sector construcción, el IMSS aplica además un esquema de fiscalización sectorial específico que incluye estimaciones presuntivas de mano de obra por tipo de obra.
Las cuotas obrero-patronales del IMSS se dividen en cinco ramos de seguro. Cada uno tiene su propia base de cálculo y su propio porcentaje. El patrón asume la mayor parte de la carga, aunque una porción se descuenta del salario del trabajador.
| Ramo de seguro | Cuota patronal | Cuota obrera | Observación |
|---|---|---|---|
| Enfermedades y maternidad (prestaciones en especie) | 20,40% sobre diferencia con 3 UMA + cuota fija | Proporcional | Ramo con mayor carga |
| Invalidez y vida | 1,75% | 0,625% | Sobre SBC |
| Riesgos de trabajo | Variable según giro | 0% | Construcción = prima alta |
| Guarderías y prestaciones sociales | 1,00% | 0% | Solo patrón |
| Retiro, cesantía y vejez | Retiro 2% + Cesantía 3,15% (gradual) | 1,125% | Incluye aportación a Afore |
Además del IMSS, el patrón debe pagar las aportaciones al INFONAVIT (5% sobre el salario base de cotización) y el 2% del impuesto estatal sobre nómina, que varía por entidad federativa. En total, el costo patronal de un trabajador de construcción puede representar entre el 30% y el 40% adicional al salario neto, dependiendo de la prima de riesgo de trabajo y del estado donde se opere.
El primer paso es el registro patronal ante el IMSS. El trámite se hace en la subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio del centro de trabajo, o en línea a través del portal del Instituto Mexicano del Seguro Social. Se necesita RFC, e.firma y comprobante de domicilio fiscal. Una vez obtenido el registro patronal, cada trabajador debe darse de alta antes de su primer día de trabajo mediante el formato AFIL-02.
En el sector construcción, el IMSS puede aplicar estimaciones presuntivas de mano de obra cuando detecta que el número de trabajadores registrados no es congruente con el tipo y tamaño de la obra. Si un contratista está ejecutando una obra residencial de 200 metros cuadrados y solo tiene registrado a un trabajador, el IMSS puede determinar presuntivamente cuántos trabajadores debería haber y cobrar las cuotas correspondientes con recargos.
Un contratista de obra negra en León contrató a cinco albañiles para un proyecto residencial. Registró a dos ante el IMSS y dejó a tres “por fuera”. Durante una visita de verificación, el IMSS levantó acta y aplicó un crédito fiscal por las cuotas no pagadas de los tres trabajadores no registrados, más actualización e intereses. El monto superó la utilidad neta del proyecto completo.
Las consecuencias de no cumplir con las IMSS obligaciones patronales van desde multas administrativas hasta responsabilidad directa por accidentes. Si un trabajador no registrado sufre un accidente en obra, el patrón queda obligado a cubrir todos los gastos médicos, rehabilitación, incapacidades y cualquier indemnización que proceda conforme a la Ley Federal del Trabajo. No hay seguro que lo cubra si el trabajador no estaba dado de alta.
Las multas por no registrar trabajadores pueden ir de 20 a 350 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria. En 2026, eso significa multas que pueden superar los $37.000 pesos por cada trabajador no inscrito. Y si el IMSS determina que la omisión fue reiterada o dolosa, las sanciones se multiplican.
Si estás por contratar personal para una obra — aunque sea temporal, aunque sea por tres semanas — necesitás resolver cuatro trámites antes del primer día de trabajo: el registro patronal ante el IMSS, el alta individual de cada trabajador, la inscripción al INFONAVIT y la determinación de tu prima de riesgo de trabajo. Si ya tenés resueltas las licencias de construcción en México, las IMSS obligaciones patronales son el siguiente escalón regulatorio que no admite improvisación.
Cada trabajador no registrado es una bomba de tiempo legal y financiera. Centralizar la gestión de tu equipo, los proyectos activos y la documentación laboral en una plataforma como SendWork ayuda a que ningún alta se quede pendiente cuando la obra ya está en marcha.