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Un contratista general en CDMX lleva tres años trabajando con dos ayudantes. Les paga en efectivo cada viernes. No hay contrato. Tampoco existe alta en el IMSS. Mucho menos recibos de nómina. Un día, uno de los ayudantes se cae de un andamio y se fractura la muñeca. El ayudante va a la Junta de Conciliación, demuestra relación laboral con fotos y testigos, y como resultado el contratista termina pagando $180,000 pesos entre indemnización, gastos médicos y multas. Tres años de ahorrarse $4,000 mensuales en cuotas le costaron casi doscientos mil pesos en un solo evento. Así funciona contratar ayudantes sin formalizar como contratista en México.
La Ley Federal del Trabajo es clara en este punto: si alguien trabaja para ti de forma subordinada, con horario y bajo tus instrucciones, entonces es tu empleado — con o sin contrato escrito. Y como patrón, por lo tanto tienes obligaciones que no desaparecen por ignorarlas.
En la práctica, desde el primer día que alguien trabaja bajo tu dirección, la ley te considera patrón. Esto activa de inmediato un conjunto de obligaciones que muchos contratistas desconocen o postergan hasta que es demasiado tarde.
| Obligación | Institución | Plazo | Consecuencia de no cumplir |
|---|---|---|---|
| Contrato escrito | Ley Federal del Trabajo | Desde el día 1 | Se presume relación laboral a favor del trabajador |
| Alta en IMSS | IMSS | Antes de que inicie labores | Multa de 20 a 350 veces la UMA + capital constitutivo |
| Registro patronal | IMSS | 5 días hábiles tras contratar | Multa y responsabilidad solidaria en accidentes |
| Aportaciones INFONAVIT | INFONAVIT | Bimestral | Multa de 151 a 300 veces la UMA |
| Retención y entero de ISR | SAT | Mensual | Crédito fiscal y recargos |
De todas estas consecuencias, el capital constitutivo es el golpe más duro. En concreto, si tu ayudante no está dado de alta en el IMSS y sufre un accidente, el IMSS le da atención médica — y luego te cobra a ti el costo total del tratamiento. Dependiendo de la gravedad, eso puede ir desde $50,000 hasta más de $500,000 pesos.
Ante todo, lo primero es obtener tu registro patronal ante el IMSS. El trámite se hace en línea a través del portal IMSS Digital y generalmente tarda uno o dos días hábiles. Una vez que tienes tu registro patronal, ya puedes dar de alta a tus ayudantes en el SUA (Sistema Único de Autodeterminación).
En realidad, el contrato de trabajo no necesita ser un documento legal de 20 páginas. Un contrato por obra determinada — que es el más común para contratistas — puede ser una hoja que establezca: nombre del trabajador y del patrón, descripción del trabajo, duración estimada, salario acordado, horario de trabajo, y condiciones de terminación. Con la firma de ambas partes y una copia para cada quien, ya tienes un respaldo legal básico.
La cuota patronal del IMSS para un ayudante que gana $3,000 semanales (salario común en construcción) es aproximadamente $1,800 a $2,200 mensuales, dependiendo de la prima de riesgo de tu actividad. Además de eso, súmale la aportación al INFONAVIT (5% del salario) y al SAR (2%). En total, formalizar a un ayudante cuesta entre $2,500 y $3,500 pesos mensuales adicionales al salario.
Por ejemplo, para un contratista que cobra $800 a $1,200 pesos por día de trabajo de ayudante al cliente, ese costo se absorbe fácilmente si lo incluyes en tu estructura de precios. Sin embargo, el problema es que muchos contratistas nunca lo calcularon y ahora sienten que “no les sale”. De hecho, les sale menos la demanda laboral.
Desde la reforma de subcontratación de 2021, las reglas cambiaron de forma significativa. Si la persona trabaja exclusivamente para ti, bajo tu dirección, con tus herramientas y en tus horarios, entonces es tu empleado directo — no un subcontratista. En otras palabras, emitirle facturas de honorarios o pagarle por recibo no cambia la naturaleza de la relación. Si la Junta de Conciliación o el IMSS determinan que existía subordinación, las consecuencias son las mismas que si nunca lo hubieras formalizado.
En cambio, la subcontratación legal sí funciona cuando contratas a otro contratista independiente — con su propio RFC, sus propios clientes, sus propias herramientas — para realizar una parte específica de un proyecto. Ese es un esquema válido y además está regulado por el REPSE. No obstante, si tu “subcontratista” solo trabaja para ti y le dices qué hacer cada día, el SAT y el IMSS lo van a ver como tu empleado.
Organizar contratos, cotizaciones y pagos de ayudantes es más fácil con herramientas diseñadas para contratistas. Por eso, SendWork te permite gestionar tu operación completa desde el celular.
Este artículo forma parte de nuestra serie sobre Administración y Seguros para contratistas en México.