Contratista señala un presupuesto impreso sobre la mesa de la cocina mientras una pareja lo revisa con mate

Seña de obra: qué pasa si el cliente se arrepiente y por qué tiene diez días para revocar

Si cerraste el trabajo en la casa del cliente o por WhatsApp, tiene diez días para revocar y recuperar la seña. Qué escribir en el presupuesto y cuánto te debe si desiste con la obra empezada.

Estás en la cocina de un departamento en Rosario, con el presupuesto del baño sobre la mesa, y la clienta está por firmar. Le pedís el 30 % de seña para comprar los materiales. Antes de cobrarla, tenés que saber qué pasa con esa plata si mañana cambia de idea. Si cerraste el trabajo en su casa o por WhatsApp, la clienta tiene diez días corridos para revocar sin dar motivo, y si lo hace le devolvés la seña completa. Pasados esos diez días, la seña de obra te protege: si desiste con la obra empezada, te debe los gastos, el trabajo hecho y la ganancia que ibas a tener. Hay una condición. El aviso de los diez días tiene que estar en el presupuesto, en letra destacada y justo arriba de su firma. Si no está, ese plazo no vence nunca.

Por qué tu cliente tiene diez días para echarse atrás

Dos leyes nacionales deciden qué pasa con la seña. El Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) regula los contratos entre particulares, incluidas la seña y el contrato de obra. La Ley 24.240 de Defensa del Consumidor protege a quien contrata un bien o un servicio para su casa o su familia. Las dos son obligatorias. La Ley 24.240 la controlan las oficinas de defensa del consumidor de cada provincia y de la Ciudad y, a nivel nacional, la Secretaría de Industria y Comercio. Un desacuerdo sobre la seña que no se arregla termina en un juzgado.

Cuando refaccionás la casa de un particular, para esas leyes vos sos un proveedor y tu cliente es un consumidor. Ser monotributista no cambia nada. La ley solo deja afuera a los profesionales con título universitario y matrícula, como un arquitecto. Un gasista o un electricista matriculado sigue adentro.

Si el contrato se cierra fuera de tu local, en la casa del cliente o a distancia por teléfono o WhatsApp, el artículo 1110 del Código le da al consumidor un derecho de revocación irrenunciable. Puede dejar sin efecto su aceptación dentro de los diez días, sin explicar por qué y sin pagar nada. El artículo 34 de la Ley 24.240 dice lo mismo y aclara que son días corridos. El plazo se cuenta desde el día siguiente a la firma. Si el décimo día cae en feriado o fin de semana, se corre al primer día hábil siguiente.

Cuándo no hay diez días

Hay dos casos en los que este derecho no existe. El primero, cuando el cliente vino a firmar a tu taller u oficina. El segundo, cuando te contrata una empresa para su propio negocio, por ejemplo un comercio que refacciona su local.

Ojo con las palabras. En la calle a esto se le dice «arrepentimiento», pero no es lo mismo que la seña «con facultad de arrepentirse» del artículo 1059. Lo primero te lo impone la ley y no se puede quitar. Lo segundo lo pactás vos con el cliente, y lo vemos más abajo.

Albañil carga una bolsa de cemento en un utilitario blanco lleno de cajas de cerámicos frente a un corralón
Los materiales que compras con la seña son el punto delicado si el cliente se arrepiente.

Tres preguntas que te va a hacer el cliente

«Si me arrepiento esta semana, ¿pierdo la seña?»

No. Si revoca dentro de los diez días, los dos quedan liberados y cada uno devuelve lo que recibió (artículo 1113). La revocación no le puede costar nada (artículo 1115). Por eso una cláusula del tipo «si te arrepentís, perdés la seña» no sirve en esos diez días: el Código tiene por no escrita cualquier cláusula que le impida revocar.

Lo que sí queda de tu lado son los materiales que compraste y todavía tenés. Si la clienta nunca los recibió, son tuyos. Por eso, en esos diez días comprá solo lo que puedas usar en otra obra o devolver al corralón. Un mueble a medida o una mesada cortada según sus indicaciones podría quedar fuera de la revocación, porque el artículo 1116 excluye los productos hechos según las especificaciones del consumidor. Es una lectura discutible, así que encargalo recién el día once.

«¿Pueden empezar el lunes?»

Podés, pero el riesgo es tuyo. El derecho de revocación no se puede renunciar, ni siquiera si el cliente te pide arrancar antes. El Código no tiene una excepción para servicios ya empezados ni para arreglos urgentes. Si revoca con la obra en marcha, el trabajo hecho no se puede «devolver». En ese caso, el artículo 1114 obliga al consumidor a pagar el valor de mercado de lo hecho solo si la imposibilidad de devolverlo le es imputable. Que haya pedido por escrito empezar antes es un argumento razonable para eso, pero no está probado en los tribunales, y ante la duda se aplica la lectura más favorable al consumidor.

La regla práctica es simple. Salvo una reparación chica y urgente, fijá el inicio para el día once. Si el cliente insiste en empezar antes, dejá su pedido por escrito y que la seña sea una suma que podrías devolver sin que te duela.

«¿Y si a mitad de obra decido no seguir?»

Pasados los diez días, la seña es confirmatoria: prueba que el contrato existe y no le da a nadie una salida barata (artículo 1059). El cliente igual puede dejar la obra cuando quiera. El artículo 1261 le permite desistir aunque la obra haya empezado, pero tiene que pagarte todos los gastos, todos los trabajos realizados y la utilidad que hubieras obtenido. Un juez solo puede reducir la utilidad, y solo si cobrarla completa fuera notoriamente injusto. La seña se descuenta de esa cuenta.

Escribí que la seña es «a cuenta de precio». El artículo 1060 dice que la seña forma parte de la prestación si el contrato se cumple, pero hay quien lo lee distinto en los contratos de obra. Como las normas de contratos se pueden ajustar por acuerdo (artículo 962), esa frase en el presupuesto despeja la duda.

¿Y la seña con facultad de arrepentirse? Con ella, el cliente se puede ir perdiendo la seña, y vos también, pero devolviéndola doblada. En un trabajo para un particular solo funciona después de los diez días, y podría leerse como el precio total de la salida, en lugar de la cuenta del artículo 1261. Para la mayoría de los oficios, una seña confirmatoria más una cláusula clara de desistimiento te cubre mejor.

Qué escribir en el presupuesto

Lo que sigue es un modelo para adaptar a tu trabajo, no un asesoramiento legal. Si trabajás con contratos grandes, que lo revise un abogado. Va además de los datos mínimos que el artículo 21 de la Ley 24.240 exige en todo presupuesto, que repasamos en la nota sobre cómo armar un presupuesto de obra con inflación.

Seña. El cliente entrega en este acto la suma de $ ________ en concepto de seña confirmatoria y a cuenta del precio total, conforme al artículo 1059 del Código Civil y Comercial. No se pacta facultad de arrepentimiento.

Inicio de los trabajos. Los trabajos comienzan el día ________, una vez vencido el plazo de revocación indicado abajo. Si el cliente pide por escrito comenzar antes, deja constancia de que lo solicita y de que conoce que conserva su derecho de revocación. En ese caso, si revoca, las partes se restituirán lo recibido conforme a los artículos 1113 y 1114 del Código Civil y Comercial.

Materiales. Los materiales que se compren para esta obra después del inicio quedan en la obra y se cobran al costo, con comprobante. Los materiales hechos a medida según indicaciones del cliente se encargan después de vencido el plazo de revocación, salvo pedido escrito del cliente.

Si el cliente decide no continuar después de vencido el plazo de revocación (art. 1261 del Código Civil y Comercial), abona los materiales comprados y entregados, el trabajo realizado según el avance medido a esa fecha y la utilidad de la parte no ejecutada. La seña se descuenta de ese importe; si la seña es mayor, se devuelve la diferencia.

DERECHO DE REVOCACIÓN (art. 34, Ley 24.240 y arts. 1110 a 1115, Código Civil y Comercial). Como este contrato se celebró fuera de un local comercial o a distancia, usted tiene derecho a revocar su aceptación dentro de los DIEZ (10) días corridos contados desde hoy, sin indicar motivo y sin costo alguno. Si el último día es inhábil, el plazo se extiende al primer día hábil siguiente. Para hacerlo, avise por escrito, por correo electrónico a ________ o por WhatsApp al ________. Si revoca en término, le devolvemos la seña completa. Este derecho no se puede renunciar.

Firma del cliente: ____________ Aclaración: ____________ Fecha: ____________

Tres detalles hacen que el modelo funcione. El bloque de revocación va en letra destacada y como último párrafo antes de la firma, porque así lo pide el artículo 1111. Nunca escribas que el cliente «renuncia» a revocar o que lo pierde al pedir un inicio anticipado: esa cláusula no vale y además es una infracción. Y si el trato se cierra por WhatsApp, mandá el mismo aviso en el chat junto con el PDF del presupuesto, y guardá la captura.

Ese presupuesto firmado es también la base de tu contrato de servicios por escrito, y va en la misma carpeta de obra que después te cubre frente a un reclamo por vicios de obra. Si falta el aviso, el consumidor puede hacer su reclamo en la Ventanilla Federal Única de Reclamos o en la oficina de su provincia. Las multas de la Ley 24.240 se calculan en canastas básicas del INDEC y pueden ser altas.

La misma seña de obra, con aviso y sin aviso

Un ejemplo ilustrativo, con números inventados para esta nota. Presupuestás un baño completo en Rosario por $ 4.800.000: $ 2.900.000 de mano de obra y $ 1.900.000 de materiales. La clienta acepta en su casa el lunes 2 de noviembre de 2026 y te da una seña del 30 %, $ 1.440.000, a cuenta de precio. El plazo de revocación corre del martes 3 al jueves 12 de noviembre, así que el inicio queda para el viernes 13.

Si revoca el domingo 8, antes de empezar, le devolvés los $ 1.440.000. Los cerámicos que ya compraste siguen siendo tuyos, porque ella nunca los recibió.

Si desiste con el aviso bien puesto

Si en cambio decide no seguir el jueves 19, con la obra empezada y el aviso bien puesto, el plazo ya venció y se aplica el artículo 1261. Te debe $ 900.000 de materiales comprados y entregados en la obra y $ 600.000 de trabajo hecho. A eso se suma la utilidad que ibas a ganar sobre los $ 2.300.000 de mano de obra que faltaban: con un margen del 20 %, $ 460.000. Son $ 1.960.000. Descontada la seña, todavía te debe $ 520.000, y si no los paga, es un caso de cobranza a un cliente moroso.

Si el presupuesto no tenía el aviso

Ahora el mismo jueves 19, pero con un presupuesto sin el aviso. El plazo de diez días nunca empezó a vencer, así que la clienta no desiste: revoca. El punto de partida es devolverle la seña entera. Te quedan los materiales que puedas recuperar y un reclamo incierto por el valor del trabajo hecho, sin ninguna utilidad. La diferencia entre los dos finales puede acercarse a los dos millones de pesos, y sale de un párrafo en negrita arriba de la firma.

LO QUE FIRMA ANTES DE EMPEZAR

Cobrar la seña es fácil. Cobrar el saldo depende de lo que quedó escrito.

Si el cliente desiste a mitad de obra, lo que te debe sale del presupuesto firmado y de lo que ya cobraste. SendWork arma el presupuesto desde el celular y mantiene la seña, los pagos y el saldo atados a ese mismo trabajo.

Ver cómo se ordenan presupuestos y cobros para contratistas en Argentina →

Fuentes oficiales: Código Civil y Comercial de la Nación, Ley 26.994, artículos 962, 1059, 1060, 1104 a 1116 y 1261 (texto actualizado); Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, artículos 2, 32 a 34 y 47 (texto actualizado); Ventanilla Federal Única de Reclamos de Defensa del Consumidor.