Contratista con gorra platica con dos ayudantes junto a una camioneta cargada de material en una calle empedrada

Aguinaldo 2026 para tu ayudante: cuánto le toca, cuándo pagarlo y qué parte no paga ISR

Quince días de salario como mínimo, proporcional para quien entró a mitad de año o ya se fue, antes del 20 de diciembre, y $3,519.30 exentos de ISR. La cuenta, con ejemplos.

¿Cuánto le toca de aguinaldo al ayudante que entró en julio? ¿Y al que se fue en agosto? Son las dos preguntas que más se complican cuando tienes una cuadrilla chica que cambia durante el año. La respuesta está en un solo artículo, el 87 de la Ley Federal del Trabajo. Según ese artículo, el aguinaldo no es un regalo de fin de año, sino una prestación obligatoria. Tú, como patrón, se la debes a cada trabajador, también al que solo estuvo unos meses. La cuenta se hace en cinco minutos si la haces ahora y no la semana del pago.

Octubre es buen momento para hacerla. Todavía tienes dos meses y medio para ir apartando el dinero, y así el aguinaldo no te toma por sorpresa en el mes en que cierras el año con clientes y proveedores.

Lo que dice la ley: quince días, antes del 20 de diciembre

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo da a cada trabajador un aguinaldo anual equivalente a quince días de salario, por lo menos, que debe pagarse antes del día 20 de diciembre. Quince días es el mínimo. Si en tu contrato o por costumbre das más, lo que pactaste es lo que debes.

Para el aguinaldo 2026 hay un detalle de calendario: el 20 de diciembre cae en domingo. «Antes del 20» deja como último día el sábado 19. Si pagas por transferencia, hazlo a más tardar el viernes 18, para que el dinero llegue en día hábil.

La base es el salario diario que le pagas a tu ayudante. Lo habitual es calcularlo sobre su cuota diaria. Si además le pagas bonos por trabajo o comisiones, confirma con tu contador qué parte entra en la base antes de hacer la cuenta.

El que entró a mitad de año y el que ya se fue

El mismo artículo 87 resuelve los dos casos. Quien no completó el año de servicio tiene derecho a la parte proporcional, conforme al tiempo que trabajó, esté trabajando contigo o no en la fecha del pago. La cuenta es la misma para todos:

Aguinaldo = salario diario × 15 × días trabajados en el año ÷ 365.

Tres ejemplos hipotéticos con un ayudante que gana $500 diarios:

Situación Días trabajados en 2026 Aguinaldo Cuándo se paga
Todo el año contigo 365 $7,500.00 Antes del 20 de diciembre
Entró el 1 de julio 184 $3,780.82 Antes del 20 de diciembre
Se fue el 31 de agosto 243 $4,993.15 Normalmente en su finiquito, al salir

El tercer caso es el que más se olvida. Lo normal es pagarle al ayudante que se va el aguinaldo proporcional en su finiquito, junto con lo demás que le debes. La ley no le quita ese derecho por no estar trabajando contigo en diciembre: si alguien se fue en el año y no se le pagó esa parte, todavía se le debe.

Qué parte no paga ISR

La Ley del ISR, en su artículo 93, fracción XIV, exenta las gratificaciones anuales hasta el equivalente de 30 días de salario mínimo, siempre que se den en forma general a los trabajadores. Desde la reforma constitucional de desindexación de 2016, las menciones al salario mínimo como unidad de medida en las leyes se entienden referidas a la UMA. El INEGI fijó la UMA diaria en $117.31 desde el 1 de febrero de 2026, así que el tope exento de este año es de 30 × $117.31 = $3,519.30.

Lo que pase de esa cantidad es ingreso gravado para tu trabajador. Se suma a su salario del periodo en que lo pagas y le retienes el ISR como a cualquier otro pago de nómina. Con los ejemplos de la tabla:

  • Al de todo el año le pagas $7,500.00. Exentos $3,519.30, gravados $3,980.70.
  • Al que entró en julio le pagas $3,780.82. Exentos $3,519.30, gravados $261.52.
  • Un aguinaldo por debajo de $3,519.30 va completo sin retención de ISR.

Para ti, como patrón, lo que pagas de aguinaldo es parte del costo de la nómina. Si timbras recibos de nómina, el CFDI separa el importe exento y el gravado de cada percepción; tu contador lo arma con los mismos datos de la tabla.

Cuánto apartar desde ahora

Con la tabla hecha, la cuenta del ahorro es sencilla. Suma el aguinaldo de todos tus ayudantes y divídelo entre las quincenas que faltan hasta el pago. Si tu cuadrilla de tres gana $500 diarios y los tres llevan todo el año contigo, son $22,500. Desde mediados de octubre hasta el 15 de diciembre hay cinco quincenas, así que son $4,500 por quincena, apartados en una cuenta distinta.

Manos de un contratista guardando billetes en una caja metálica sobre un banco de trabajo, junto a unos guantes
Lo que apartas cada quincena es lo que te deja pagar el aguinaldo completo y a tiempo.

Revisa la cuenta cada vez que entre o salga alguien. El que entra en noviembre suma poco; el que sale en noviembre normalmente cobra su parte ese mismo mes, en su finiquito. Y si para diciembre te cuesta juntar la cantidad, lo que no puedes hacer es pagar menos de los quince días o pagar después del 20. Para lo demás que implica tener ayudantes en nómina, repasa la guía sobre contratar ayudantes como contratista en México.

LOS DÍAS QUE CADA QUIEN TRABAJÓ

El aguinaldo proporcional sale bien cuando sabes quién trabajó y desde cuándo.

SendWork organiza la agenda de tu cuadrilla y registra quién hizo cada trabajo desde el celular, para que tengas a la mano las fechas de tus ayudantes cuando tu contador arme la nómina. No calcula el aguinaldo ni timbra recibos.

Ver cómo funciona para contratistas en México →

Fuentes oficiales: Ley Federal del Trabajo, artículo 87 (última reforma DOF 14-05-2026); Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 93, fracciones XIV y XV; Constitución, decreto de desindexación del salario mínimo (DOF 27-01-2016), artículo tercero transitorio; INEGI, valor de la UMA 2026.