Contratista con playera de trabajo muestra su celular a una pareja en un baño recién remodelado, con regadera de cristal y lavabo nuevo

Cómo facturar un anticipo en CFDI 4.0 sin cobrar el IVA dos veces

Antes de facturar un anticipo, revisa si para el SAT es anticipo o pago en parcialidades. Cómo se llena el CFDI del anticipo, las dos formas de descontarlo al final (egreso o remanente) con un ejemplo en pesos, y qué hacer si el cliente cancela.

Para facturar un anticipo en CFDI 4.0 sin duplicar ingreso ni IVA, primero revisa si de verdad es un anticipo. Si el cliente ya aceptó tu cotización y te paga el 40%, para el SAT no es un anticipo. Es un pago en parcialidades. Lo facturas con un solo CFDI por el total, con método PPD, y un complemento de pago por cada abono. Solo cuando el trabajo o el precio todavía no están definidos aplica el procedimiento de anticipos. En ese caso emites un CFDI por el anticipo al cobrarlo y, al terminar, otro que lo descuenta, con egreso o con remanente. Las dos rutas terminan en el mismo IVA total; lo que cambia son los papeles.

Primero: ¿es anticipo o pago en parcialidades?

La Guía de llenado del CFDI 4.0 es el documento del SAT que explica cómo llenar cada campo de una factura. No es una ley, pero desarrolla las reglas obligatorias del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal, y el SAT la usa para revisar tus comprobantes. Su Apéndice 6 hace una distinción que cambia todo para un contratista:

  • Es anticipo cuando todavía no se conoce el servicio o su precio. Por ejemplo, el cliente te deja dinero para apartar fecha mientras decide qué acabados quiere, y la cotización final todavía no existe.
  • Es pago en parcialidades cuando el servicio y el precio ya están pactados, “aunque se trate de un acuerdo no escrito”, y el cliente paga una parte. Es el caso de la cotización aceptada por WhatsApp con el 40% por adelantado.

Un depósito en garantía, que asegura que se cumpla alguna condición, tampoco es anticipo según la guía. Si tu caso es el de la cotización aceptada, la ruta correcta es más sencilla que la del anticipo.

Si el precio ya está pactado: un CFDI y complementos de pago

Supón que el cliente aceptó una cotización de $120,000 más IVA ($139,200) y te paga $55,680 por adelantado. Emites un solo CFDI de ingreso por los $139,200. Lleva método de pago PPD (pago en parcialidades o diferido) y forma de pago 99, “por definir”. Después emites un CFDI con complemento para recepción de pagos por cada abono: uno por los $55,680 y otro por los $83,520 del final.

La Resolución Miscelánea Fiscal 2026, regla 2.7.1.32, te da hasta el día 5 del mes siguiente al pago para emitir cada complemento. El IVA se paga conforme cobras cada abono, como dice el artículo 17 de la Ley del IVA. Así no hay nada que restar al final, porque el CFDI siempre fue por el total.

Si es un anticipo: facturar un anticipo al cobrarlo

La Ley del IVA considera cobradas las contraprestaciones cuando las recibes, “aun cuando aquéllas correspondan a anticipos” (artículo 1o.-B). Para el ISR, si estás en RESICO o en actividad empresarial como persona física, el anticipo es ingreso el mes en que lo cobras. Por eso no puedes esperar al final de la obra para facturar un anticipo: el dinero ya entró y tu declaración mensual lo va a reflejar.

El CFDI del anticipo se llena así, según la guía:

  • Tipo de comprobante “I” (ingreso), método de pago PUE y la forma de pago real, por ejemplo 03 si te transfirieron.
  • Un solo concepto: clave de producto 84111506, cantidad 1, clave de unidad ACT y descripción “Anticipo del bien o servicio”.
  • Valor unitario igual al anticipo sin IVA, con el IVA desglosado.
  • Sin CFDI relacionados: ese nodo no debe existir en este comprobante.

Al terminar la obra: cómo descontar el anticipo con egreso o con remanente

Cuando entregas el trabajo, el SAT te deja elegir entre dos procedimientos. Supón la misma remodelación de baño de $120,000 más IVA, con un anticipo de $55,680 ($48,000 más $7,680 de IVA) y el saldo pagado por transferencia el día que facturas. Las cifras son un cálculo ilustrativo.

CFDI Tipo Subtotal Descuento IVA Total Relación
Opción A: aplicando el anticipo con un CFDI de egreso
1. Anticipo Ingreso $48,000 — $7,680 $55,680 Ninguna
2. Total de la obra Ingreso $120,000 — $19,200 $139,200 07 con el CFDI 1
3. Aplicación de anticipo Egreso, forma de pago 30 $48,000 — $7,680 $55,680 07 con el CFDI 2
Opción B: aplicando el anticipo con remanente
1. Anticipo Ingreso $48,000 — $7,680 $55,680 Ninguna
2. Remanente Ingreso $120,000 $48,000 $11,520 $83,520 07 con el CFDI 1

En las dos opciones el IVA total es $19,200 y el total cobrado es $139,200. La clave de relación 07 significa “CFDI por aplicación de anticipo” y es la que une los comprobantes. En la opción A, emite primero el CFDI por el total y después el egreso, de preferencia el mismo día. El egreso lleva la forma de pago 30, “aplicación de anticipos”, y la descripción “Aplicación de anticipo”. En la opción B, el CFDI final lleva tu descripción normal del servicio seguida de la leyenda “CFDI por remanente de un anticipo”, y el anticipo va en el campo de descuento.

Egreso o remanente: cuál te sirve más

Con la opción B emites un comprobante menos, y tu cliente ve en la última factura justo lo que te paga ese día. Con la opción A, la última factura de ingreso muestra el precio completo de la obra. Algunos clientes empresa lo prefieren así para su contabilidad. Pregúntale a tu cliente cuál prefiere antes de emitir, porque los dos tienen que cuadrar con lo que registre de su lado.

Un detalle si tu cliente es una empresa y tú estás en RESICO como persona física: debe retenerte el 1.25% de ISR sobre lo que te paga, sin contar el IVA, según el artículo 113-J de la Ley del ISR. Esa retención aparece en los CFDI de ingreso que cobras. Revisa con tu contador cómo se refleja en cada paso de la opción A antes de tu primera factura.

Si el cliente cancela después de pagar el anticipo

Si la obra no se hace y devuelves el dinero, emite un CFDI de egreso por la devolución. Va relacionado con el CFDI del anticipo con la clave 01, nota de crédito. Debe mostrar el IVA que regresas, porque así lo pide el artículo 7 de la Ley del IVA para que puedas restarlo en tu siguiente declaración. Si en cambio quieres cancelar el CFDI del anticipo, el Código Fiscal te pide la aceptación del cliente y un motivo justificado. El límite es el mes de tu declaración anual del año en que lo emitiste, que para una persona física es abril.

Ten cuidado con un caso: si estás en RESICO y cancelas un CFDI que tu cliente ya usó para deducir, la Ley del ISR lo trata como equiparable a defraudación fiscal. Y desde la reforma publicada el 7 de noviembre de 2025, el artículo 29-A del Código Fiscal exige que cada CFDI ampare operaciones “existentes, verdaderas”. Un comprobante que no lo cumpla se considera falso. Otro caso queda abierto: el cliente que cancela y te deja parte del anticipo como penalización. La guía no lo resuelve, así que documéntalo con tu contador.

Si el cliente no pide factura

Cuando cobras un anticipo a un particular que no quiere factura, lo incluyes en tu factura global al público en general, con el RFC genérico XAXX010101000. La regla 2.7.1.21 de la Miscelánea dice que, si tributas conforme a flujo de efectivo, cada factura global solo debe llevar lo que realmente cobraste en ese periodo. El anticipo entra en la global del mes en que lo cobras y el saldo en la del mes del pago final. Si después ese cliente te pide factura a su nombre, cancelas la global con el motivo 04, la vuelves a emitir sin esa operación y emites la suya.

Lo que debes acordar con el cliente antes del primer pago

Una conversación de cinco minutos, cuando el cliente acepta la cotización, te ahorra corregir facturas después. Dile por escrito qué es ese primer pago: un abono de un precio ya pactado o un anticipo mientras se define el trabajo. Pregúntale si necesita factura y con qué datos fiscales, incluido su régimen y código postal. Y avísale cómo vas a facturar el final, para que no le sorprenda recibir un complemento de pago o un egreso. Si cobras por etapas en obras largas, nuestra guía para cotizar por avance de obra te ayuda a definir cada pago.

Para lo básico de la facturación, revisa nuestra guía de facturación CFDI para contratistas. Si estás en el régimen simplificado, la guía del RESICO para contratistas explica cómo se calcula tu pago mensual. Y para armar la cotización de una remodelación, tienes el presupuesto de remodelación de casa.

LO QUE YA TE PAGARON

La última factura sale bien cuando sabes exactamente cuánto te dieron antes.

SendWork lleva desde el celular la cotización que aceptó cada cliente y los pagos que ya te hizo, para que al cerrar la obra tengas a la mano lo que falta cobrar. No timbra CFDI ni sustituye a tu contador.

Ver cómo funciona para contratistas en México →

Fuentes oficiales: SAT, Guía de llenado del CFDI 4.0, Apéndices 6 y 8; Resolución Miscelánea Fiscal 2026, reglas 2.7.1.21, 2.7.1.32 y 2.7.1.34; Ley del IVA, artículos 1o.-B, 7 y 17; Ley del ISR, artículos 102, 113-E, 113-F y 113-J; Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.